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Aplicación de los tratados sobre propiedad industrial cuyas disposiciones tienen carácter autoejecutivo

Cadena Hernández, Efrén

Aplicación de los tratados sobre propiedad industrial cuyas disposiciones tienen carácter autoejecutivo

Es consenso general entre nuestra doctrina que las disposiciones de un tratado celebrado por el presidente de la República, con aprobación del Senado, son la Ley Suprema de toda la Unión y que sus disposiciones son autoaplicativas en términos del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sin embargo, algunas dudas en la doctrina, opiniones aparentemente en contrario y la existencia de precedentes judiciales que niegan la aplicación directa de las disposiciones de un tratado, me han llevado al estudio de un tema que consideraba superado.





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