000 | 01490 a2200145 4500 | ||
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035 | _a294586 | ||
005 | 20230113081405.0 | ||
998 |
_aHEME4 _b20150527 _e294586 _zjanium |
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008 | 150527e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aLabañino Barrera, Maidolis, y, et. al. | |
245 | 1 | 3 |
_aEl requerimiento notarial y su contestación como título ejecutivo del crédito: _bla confesión extrajudicial de la deuda |
520 | _aLa exigencia de cumplimiento puede realizarse por el acreedor por vía judicial o extrajudicial. La reclamación extrajudicial debe entenderse, en principio, como cualquier medio por el que el acreedor exija al deudor el cumplimiento de su obligación por ser esta vencida, líquida y exigible. A los fines de nuestro discurso interesa en este orden hacer comentarios sobre las previas sendas para reclamar el pago de lo que se nos debe, haciendo especial énfasis en el requerimiento notarial y sus plausibles y ulteriores efectos ejecutivos, en caso de que el acreedor no vea satisfecho su crédito por esta forma de reclamación y se encuentre precisado de acudir a la vía contenciosa; al convertirse el acta de requerimiento en medio probatorio de una posible confesión extrajudicial de la deuda, sea expresa o tácita, susceptible de inmediata ejecución judicial. | ||
650 | 1 | 0 | _aREQUERIMIENTO NOTARIAL, TÍTULO EJECUTIVO, CONFESIÓN EXTRAJUDICIAL, DEUDA, CONTESTACIÓN |
773 | 0 |
_tBoletín mexicano de derecho comparado _g47, 141 (sep-dic. 2014), 909-933 |
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999 |
_c312555 _d312555 |