000 01490 a2200145 4500
035 _a294586
005 20230113081405.0
998 _aHEME4
_b20150527
_e294586
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008 150527e mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aLabañino Barrera, Maidolis, y, et. al.
245 1 3 _aEl requerimiento notarial y su contestación como título ejecutivo del crédito:
_bla confesión extrajudicial de la deuda
520 _aLa exigencia de cumplimiento puede realizarse por el acreedor por vía judicial o extrajudicial. La reclamación extrajudicial debe entenderse, en principio, como cualquier medio por el que el acreedor exija al deudor el cumplimiento de su obligación por ser esta vencida, líquida y exigible. A los fines de nuestro discurso interesa en este orden hacer comentarios sobre las previas sendas para reclamar el pago de lo que se nos debe, haciendo especial énfasis en el requerimiento notarial y sus plausibles y ulteriores efectos ejecutivos, en caso de que el acreedor no vea satisfecho su crédito por esta forma de reclamación y se encuentre precisado de acudir a la vía contenciosa; al convertirse el acta de requerimiento en medio probatorio de una posible confesión extrajudicial de la deuda, sea expresa o tácita, susceptible de inmediata ejecución judicial.
650 1 0 _aREQUERIMIENTO NOTARIAL, TÍTULO EJECUTIVO, CONFESIÓN EXTRAJUDICIAL, DEUDA, CONTESTACIÓN
773 0 _tBoletín mexicano de derecho comparado
_g47, 141 (sep-dic. 2014), 909-933
999 _c312555
_d312555