000 | 01326 a2200133 4500 | ||
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035 | _a291734 | ||
005 | 20230113081216.0 | ||
998 |
_aHEME4 _b20150206 _e291734 _zjanium |
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008 | 150206e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 0 | _aRamírez Ramírez, Agustín | |
245 | 1 | 0 | _a2014, punto de partida para fortalecer la autonomía del IFT |
520 | _aEl texto constitucional respaldó la operación del IFT con imponer límites a la concentración nacional y regional de frecuencias. La defensa de la autonomía del IFT no debe verse como una simple tarea en torno a su fortalecimiento dentro de la estructura gubernamental. El llamado órgano regulaƠdor, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, IFT, nació con todas las fortalezas jurídicas imaginables. La reforma constitucional le otorgó la facultad de dar las concesiones en telecomunicaciones y radiodifusión, que antes estaba reservada al Presidente de la República, y también le dio amplias competencias para regular, promover y supervisar los citados servicios públicos, mientras que en lo que corresponde al ámƠbito de la competencia económica, se le dotó de facultades suficientes para eliminar eficazmente las baƠrreras a la competencia y la libre concurrencia. | ||
773 | 0 |
_tZócalo. Comunicación, Política y Sociedad _g14, 178 (dic. 2014), 39-41 |
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999 |
_c309812 _d309812 |