000 | 01256 a2200133 4500 | ||
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035 | _a318519 | ||
005 | 20221118054726.0 | ||
998 |
_aHEM4 _b20180528 _e318519 _zjanium |
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008 | 180528e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aMartínez Bazavilvazo, Alejandro | |
245 | 1 | 0 | _aRevisión del dictamen fiscal. Puntos a considerar que limitan el objeto o alcance de los requerimientos en contra de los contadores públicos |
520 | _aConforme a la fracción cuarta del artículo cuarenta y dos del CFF, las autoridades tributarias están facultadas para revisar los dictámenes formulados por contadores públicos sobre los estados financieros de los contribuyentes, así como cualquier otro dictamen que tenga repercusiones fiscales formulado por dichos contadores y su relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias; sin embargo, el ejercicio de esa facultad de comprobación no es ilimitada e irrestricta, pues existen diversas disposiciones legales que consignan una serie de limitaciones y condiciones relacionadas con el objeto o alcance de las revisiones y con los procedimientos administrativos que deben seguir las autoridades hacendarias. | ||
773 | 1 |
_tPráctica Fiscal, Laboral y Legal-Empresarial _g28, 843 (mar. 2018), D1-D8 |
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999 |
_c292549 _d292549 |