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008 171201e mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aBenítez, Oscar Uribe
245 1 3 _aLa suspensión o restricción de Derechos Humanos y sus garantías
520 _aEstado de Emergencia: Cuando hay una situación de peligro o desastre que requiere una acción inmediata, existe una emergencia, según la definición que de este vocablo proporciona la Real Academia Española. Las emergencias surgen en múltiples ámbitos, pero cuando acontecen en el del gobierno; es decir, en el del Estado, éste por medio de una autoridad hace uso de poderes especiales para remediar la situación, razón por la cual a este tipo de emergencia se le conoce en el derecho anglosajón como emergency power, entendido como un poder otorgado a, o usado o tomado por, una autoridad pública para satisfacer las exigencias de una determinada emergencia (como guerra o desastre) ya sea dentro o fuera de un marco de referencia constitucional;2 o bien, como poderes extraordinarios invocados como medios para resolver una crisis o protección de un régimen político.
773 1 _tQuórum Legislativo
_g117 (dic. 2016), 41-117
999 _c288307
_d288307