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008 170721e mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aBecerra Ortiz, E. Rodrigo
245 1 0 _aPrincipio Pro Persona versus el Juicio Ponderativo
520 _aTema novedoso y reciente, de ocupados y preocupados del Ius, es, sin lugar a dudas, el conflicto directo, proporcional y latente, generado entre el, principio pro persona, y, el juicio ponderativo, o, ponderación de derechos. Mientras que, en el juicio ponderativo, también llamado juicio de valor, se restringe o se hace nugatoria la satisfacción de un derecho, en tanto mayor debe beneficiar la satisfacción de algún otro, en el principio pro persona, tal y como lo devela su nombre, se trata de conceder la mayor protección, o a contrario sensu, el menor daño posible a un sujeto; es decir, estar siempre en pos de los derechos del hombre. Sin embargo, ese gran atino llamado, ponderación, se sitúa muy por encima del principio pro persona, dada su trascendencia e importancia; aquella, vela por la prevalencia del mejor derecho cuando existe un conflicto, mientras que éste, viene a reforzar la decisión tomada por el juicio ponderativo.
773 1 _tThemis. La esencia del derecho en la búsqueda de la virtud
_g5, 2, 4 (jun. 2016), 28-30
999 _c286135
_d286135