000 | 01870 a2200145 4500 | ||
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035 | _a311863 | ||
005 | 20221118041648.0 | ||
998 |
_aHEM4 _b20170720 _e311863 _zjanium |
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008 | 170720e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aArcudia Hernández, Carlos Ernesto | |
245 | 1 | 3 | _aLa Patentabilidad de la Materia Viva: El Caso Europeo |
520 | _aEl principal obstáculo para la admisión de las patentes sobre materia viva en Europa lo constituía la prohibición de la protección acumulada por patente y título de obtención vegetal contenida en el artículo cincuenta y tres,b del Convenio de la Patente Europea. Tal disposición negaba la patentabilidad de las variedades vegetales y de los procedimientos esencialmente biológicos para la obtención de plantas y animales. Este obstáculo legal fue superado mediante una serie de resoluciones de las cámaras de recursos de la Oficina Europea de Patentes que acotaron tales prohibiciones. Los casos Ciba Geigy, Lubrizol, Onco Ratón, PGS y Novartis hicieron posible la patentabilidad de organismos vegetales que no constituyeran variedades vegetales en términos del Convenio de la Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales. El caso Lubrizol y el caso Onco Ratón abrieron la puerta a la patentabilidad de procedimientos no esencialmente biológicos. Como último punto de estudio analizaremos la Directiva 98/44 de Invenciones Biotecnológicas que vino a positivizar buena parte de la doctrina de los casos anteriores haciendo una declaración general de la patentabilidad de la materia viva y acotando las restricciones a la misma. | ||
650 | 1 | 0 | _aPATENTES, OBTENCIONES VEGETALES, PROCEDIMIENTO ESENCIALMENTE BIOLÓGICO, DIRECTIVA 98/44, CONVENIO DE LA PATENTE EUROPEA |
773 | 1 |
_tRevista del Instituto de Investigaciones Jurídicas _gSegunda época, 1 (jul-dic. 2010) 42-58 |
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999 |
_c286059 _d286059 |