000 | 01201 a2200133 4500 | ||
---|---|---|---|
035 | _a309938 | ||
005 | 20221118035137.0 | ||
998 |
_aHEM4 _b20170517 _e309938 _zjanium |
||
008 | 170517e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aVillaseñor Gutiérrez, Leopoldo | |
245 | 1 | 3 | _aLa Conciliación en el Derecho Laboral, su Proyección en el Siglo XXI |
520 | _aLas variaciones y transformaciones contemporáneas han modificado las relaciones sociales a un ritmo vertiginoso, se insertan e inciden en las áreas de trabajo, en el aspecto económico como medio principal por el cual el ser humano satisface sus necesidades de sobrevivencia. La vida social se produce dentro de un régimen de Derecho en donde sus destinatarios se obligan a cumplirlas, régimen que por cierto, presupone incumplimiento y por ello, se entiende la coercibilidad de la norma; no obstante que el Derecho debe perseguir la justicia, la seguridad jurídica y el bien común, la mayoría de las obligaciones nacidas de las relaciones laborales se cumplen sin problemas entre las partes, incluso de manera voluntaria, atendiendo a su propia convicción y responsabilidad. | ||
773 | 1 |
_tForo Jurídico _g163 (abr. 2017), 34-41 |
|
999 |
_c284160 _d284160 |