000 01368 a2200133 4500
035 _a308796
005 20221118033637.0
998 _aHEM4
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_d20170407
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_zjanium
008 170405e mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aGutiérrez Cruz, Tomás
245 1 3 _aLa revocación de la autoridad del acto impugnado
520 _aPreviamente, en términos generales, puede anotarse que la revocación constituye una forma de extinción del acto administrativo, que se da cuando dicho acto contiene una falla legal, ya sea de fondo o de procedimiento, la cual ocasiona retirar del cameo jurídico ese acto administrativo, destruyendo los efectos que hubiera podido producir durante su existencia. La revocación administrativa, cuyo estudio nos ocupa, es aquella emitida unilateralmente por la autoridad, después de iniciado el juicio contencioso administrativo que el contribuyente promueve en su contra, y que de conformidad con la fracción cuarta del articulo noveno de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, LFPCA, debe reunir ciertas características especiales para poder constituir una causa suficiente de sobreseimiento en el juicio de nulidad, de ahí que para que se cumpla con esas características se requieren dos condiciones…
773 1 _tPAF. Prontuario de Actualización Fiscal
_g28, 644 (ago. 2016), 68-74
999 _c283037
_d283037