000 01592 a2200133 4500
035 _a308391
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998 _aHEM4
_b20170324
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_zjanium
008 170324e mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aGonzález Parás, José Natividad
245 1 0 _aMecanismos de Coordinación.
_bFederación-Estados-Municipios. 1105
520 _aEn una organización, la coordinación podría convencionalmente ser entendida como la búsqueda de fórmulas que permitan la unidad de acción. En ocasiones se reduce la coordinación en la organización del Estado a una mezcla confusa de poder jerárquico y concertación, que asume diversas y variadas formas. Sin embargo, más que por sus formas, vale referirse a la coordinación administrativa por sus propósitos que consisten en asegurar la coherencia y convergencia de las acciones de la administración pública en torno a objetivos comunes. En la organización política del Estado la coordinación es un elemento fundamental. Esta aparece desde que Montesquieu concibe la división y equilibrio de poderes entre el ejecutivo, el legislativo y el judicial, y se instrumenta conforme a las modalidades de régimen centralizado o federal que adoptan los Estados. En el segundo caso, la coordinación se impone entre las autoridades o gobiernos de los estados miembros y el Gobierno Federal, es decir, entre los, niveles” estatal y federal de una organización denominada Federación o república federal. (En RAP Especial, 1980)
773 1 _tRevista de Administración Pública
_g51, 1, 139 (ene-abr. 2016), 1105-1117
999 _c282643
_d282643