000 | 01467 a2200133 4500 | ||
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035 | _a308134 | ||
005 | 20221118032759.0 | ||
998 |
_aHEM4 _b20170322 _e308134 _zjanium |
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008 | 170322e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aMata Aldana, David Alfonso | |
245 | 1 | 0 |
_aDerecho a la Seguridad Humana y Seguridad Publica: _bDesafíos para Enfrentar la Violencia |
520 | _aEs necesario hablar de Derecho a la Seguridad o Seguridad de los Derechos: La Seguridad es una necesidad humana, que va inmersa en todo ordenamiento jurídico, pero en la escala de necesidades, esta es secundaria. La seguridad como derecho adquiere dos significados, según el punto de vista donde se aborde, uno externo y otro interno en la norma jurídica. Si lo visualizamos desde el aspecto externo cabe la pregunta: ¿Hasta qué punto el ordenamiento jurídico garantiza la seguridad en una Sociedad? Con esta pregunta se cuestiona la validez empírica del derecho, ubicando a la seguridad como un hecho. Ahora en una teoría normativa se considera la seguridad del derecho y para esto se utiliza a menudo el término, Certeza; esta certeza debe ser construida con normas e interpretaciones y que la norma que los protege es suficientemente clara consistente con los principios de la Constitución y la normativa internacional y coherente con el procedimiento legal que garantice su justiciabilidad. | ||
773 | 1 |
_tJuríPolis. Revista de Derecho y Política _g1, 18 (jun. 2016), 69-86 |
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999 |
_c282388 _d282388 |