000 | 01533 a2200133 4500 | ||
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035 | _a307645 | ||
005 | 20221118032037.0 | ||
998 |
_aHEM4 _b20170228 _e307645 _zjanium |
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008 | 170228e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aSilva García, Fernando, y, et. al. | |
245 | 1 | 3 | _aLa eficacia normativa de la Jurisprudencia Constitucional en México |
520 | _aCon este trabajo no se pretende alcanzar una definición de la jurisprudencia constitucional, porque para ello es necesario adentrarnos a otro ámbito extenso: La interpretación constitucional; que tiene un plus a cualquier otro tipo de interpretación legal. Algunos autores describen a la jurisprudencia constitucional como aquella que deriva de un Tribunal Constitucional, otros piensan que no debe atenderse propiamente al órgano que la emite, sino a su contenido ya que debe surgir del análisis de la Constitución, y otra corriente se inclina en denominar jurisprudencia constitucional a aquella que no puede ser modificada por otro órgano constituido del Estado, que en su régimen interior se reconoce cierta obligatoriedad y jerarquía, y versa sobre el estudio de cualquier aspecto que se relacione con el régimen constitucional aceptado, sin que implique estudiar directamente un precepto constitucional como son derechos humanos, el régimen jurídico de etnias o indígenas, la jurisdicción internacional, los tratados bilaterales y multilaterales, entre otros… | ||
773 | 1 |
_tRevista del Instituto de la Judicatura Federal _g40 (mar. 2015), 75-106 |
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999 |
_c281910 _d281910 |