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008 131122e mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aBringas Calvario, Lucina
245 1 3 _aEl derecho de defensa, su calidad de derecho humano
520 _aCuando la palabra defensa pasa por la mente de cualquier persona, suele relacionarse con la idea de protección, de tratar de evitar recibir un daño; la propia Real Academia Española la define como el mecanismo natural por el que un organismo se protege de agresiones externas… La visión de defensa que tienen los profesionales de las Ciencias Penales o los que transitan en este mundo complejo es trasladada al individuo, al abogado que se encargará de hacer valer las prerrogativas de la persona que ha sido señalada como probable responsable de un delito. Esta idea no se aleja de la definición anterior, pero al recordar el carácter cambiante del propio Derecho, se llega a la conclusión de que aquella es una perspectiva que también debe ser modificada; sobre todo en un contexto como el de nuestro país, en el que reformas constitucionales de suma magnitud como la de seguridad y justicia del 2008 y derechos humanos del 2011, aunado a la decisión novecientos doce,2010 del Máximo Tribunal Mexicano, obligan a mirar desde una perspectiva distinta a una figura cuya importancia hoy se acentúa, exige ser tratada en su calidad de derecho humano.
773 1 _tRevista del Instituto Federal de Defensoría Pública
_g14 (dic. 2012), 327-346
999 _c267876
_d267876