000 | 01203 a2200133 4500 | ||
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035 | _a(janium)283149 | ||
005 | 20221116071259.0 | ||
998 |
_aHEME4 _b20131122 _e283149 _zjanium |
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008 | 131122e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aLay Arellano, Israel Tonatiuh | |
245 | 1 | 3 | _aLa televisión que no ha sido |
520 | _aEn nuestro país, la Ley Federal de Radio y Televisión, LFRT, no menciona explícitamente el término televisión pública, sino que se refiere a los medios concesionados y permisionados. Los primeros son aquellos que, tras cumplir los requisitos, pueden explotar una frecuencia en forma comercial; los segundos no persiguen fines de lucro, por lo tanto son las estaciones oficiales, culturales, de experimentación, escuelas radiofónicas o las que establezcan las entidades y organismos públicos para el cumplimiento de sus fines y servicios, de acuerdo con el artículo trece de la citada ley. Aunque no es el concepto adecuado, estos medios son los que se ha tratado de identificar como públicos desde dos perspectivas: su autodenominación y la lucha ciudadana por su, apropiación. | ||
773 | 1 |
_tZócalo. Comunicación, política y sociedad _g164 (oct. 2013), 18-19 |
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999 |
_c267831 _d267831 |