000 01056 a2200157 4500
035 _a(janium)262381
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_b20120808
_zjanium
008 120808e2000 mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aChávez Quezada, Ma. Elena
245 1 0 _aOrganismos públicos descentralizados :
_bnaturaleza jurídica
520 _aEn el transcurso del siglo XIX y principios del siglo XX, las relaciones entre el Estado mexicano y sus trabajadores se regían. por el derecho administrativo, particularmente por las leyes del servicio civil. Fue a partir de la promulgación de nuestra Constitución de 1917, según diversos tratadistas, cuando a través de su artículo 123 se crearon derechos a favor de los empleados al servicio del Estado, aunque no se hiciera una referencia concreta a ellos, es decir, se dio un tratamiento uniforme a toda actividad laboral, cualquiera que fuese la naturaleza del patrón.
700 1 _aRamos Calle, José Luis
700 1 _aGonzález Merino, Carlos
773 0 _tLaboral
_g8, 90 (mar. 2000), 5-9
999 _c252838
_d252838