000 01254cam a2200133 a 4500
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998 _aHEME4
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008 120523e mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aCantú, Jesús
245 1 4 _aLas confusiones del TEPJF
520 _aAunque el Consejo General del IFE aprobó el dieciséis de mayo un nuevo acuerdo para realizar un conteo rápido de la jornada electoral del primero de julio y difundir sus resultados, sólo se sabrá si esto procede cuando el Tribunal Electoral del Poder judicial de la Federación resuelva los recursos que se interpondrán en contra del mismo… La incertidumbre se genera por tres razones: una, las impredecibles e inconsistentes interpretaciones de la normatividad que hace el TEPJF; dos, la resolución del mismo TEPJF sobre el primer acuerdo del consejo; y tres, las disposiciones que los legisladores introdujeron en la reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, Cofipe, en 2008. En el presente artículo se abordarán los dos últimos puntos, pues el primero es tan grave y los ejemplos al respecto tan variados que bien vale la pena un análisis por separado.
773 1 _tProceso
_g35, 1855 (May. 2012), 48-49
999 _c250079
_d250079