000 | 01141 a2200133 4500 | ||
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035 | _a(janium)253028 | ||
005 | 20221116022724.0 | ||
998 |
_aHEME4 _b20111018 _zjanium |
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008 | 111018e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aCantú, Jesús | |
245 | 1 | 0 | _aBombas de tiempo |
520 | _aLa legislación electoral es muy clara: Son actos de precampaña todos aquellos que tengan como objetivo, obtener el respaldo para ser postulado como candidato a un cargo de elección popular, y actos de campaña los que, se dirigen al electorado para promover sus candidaturas. En el primer caso, la sanción es igualmente precisa: la pérdida o cancelación, del derecho del precandidato infractor a ser registrado como candidato. Todos los aspirantes de los partidos políticos a la Presidencia de la República están en precampaña, y seguramente todos los partidos políticos acumulan evidencias y pruebas, con valor jurídico, para interponer los recursos legales cuando los partidos respectivos soliciten su registro, entre el quince de febrero y el veintidós de marzo del próximo año. | ||
773 | 1 |
_tProceso _g34, 1824 (Oct. 2011), 51-52 |
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999 |
_c243682 _d243682 |