000 | 01386 a2200133 4500 | ||
---|---|---|---|
035 | _a(janium)240950 | ||
005 | 20221116000240.0 | ||
998 |
_aHEME4 _b20101105 _zjanium |
||
008 | 101105e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aCantú, Jesús | |
245 | 1 | 0 |
_aIFE: _bResolución pusilánime y contradíctoria |
520 | _aLos consejeros electorales, incluido el consejero presidente, consideraron que carecen de definiciones precisas para pronunciarse, con toda claridad respecto de cuáles son los elementos que con objetividad permitan definir la presencia de algún acto anticipado de precampaña, o bien de campaña, pero siete de ellos estuvieron prestos para exonerar a Andrés Manuel López Obrador y al Partido del Trabajo ante la acusación de que incurrieron en esa falta… En su sesión del viernes veintidós, los integrantes del Consejo, que abarca a los representantes de los partidos políticos y a los consejeros del Poder Legislativo, acordaron discutir en fecha próxima dichas definiciones y precisarlas para dar claridad a todos los actores políticos. Pero en lugar de posponer también hasta entonces la discusión del fondo de la queja, resolƠvieron exonerar a los demandados e, incluso, facultar al PT para determinar si reinicia o no la transmisión de los promocionales que dieron origen a la denuncia. | ||
773 | 1 |
_tProceso. _g33, 1774 (Oct. 2010), 51-52 |
|
999 |
_c231765 _d231765 |