000 | 01103 a2200133 4500 | ||
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035 | _a(janium)209994 | ||
005 | 20221115192857.0 | ||
998 |
_aHEME4 _b20090407 _zjanium |
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008 | 090407e mx |||p r 0 b|spaod | ||
100 | 1 | _aCárdenas, Jaime | |
245 | 1 | 0 | _aCiudadanizar a los Conseios de la Judicatura |
520 | _aYa he abordado la conveniencia de que los presidentes de la Suprema Corte de justicia de la Nación o de los Tribunales Superiores de justicia de los Estados no presidan los Consejos de la Judicatura, pues imposibilitan las competencias de éstos para administrar, vigilar y disciplinar a los poderes judiciales… Los Consejos de la Judicatura no deben estar bajo el tutelaje de los presidentes mencionados porque éstos son parte y elemento fundamental de la institución a administrar, vigilar y disciplinar. Los presidentes de la Suprema Corte o de los Tribunales Superiores de los Estados son, en los hechos, jueces y parte de los Consejos, lo que es una violación a los principios de imparcialidad y equidad. | ||
773 | 1 |
_tEmeequis. Periodismo indeleble _g89 (Oct. 2007), 45 |
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999 |
_c208612 _d208612 |