000 | 01260 a2200121 4500 | ||
---|---|---|---|
035 | _a(janium)204033 | ||
005 | 20221115182405.0 | ||
998 |
_aHEM3 _b20081028 _zjanium |
||
008 | 081028e2008 mx |||p r l0 b|spaod | ||
245 | 0 | 0 | _aDerecho a la salud |
520 | _aEl derecho del ser humano ala salud' está reconocido en varios instrumentos internacionales de derechos humanos. El primer reconocimiento se hizo en el párrafo 1, del artículo 25, de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece: "toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios". La Observación General núm. 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas precisa el contenido normativo del derecho a la salud, identificando como elementos esenciales e interrelacionados que componen ese derecho a la disponibilidad, la accesibilidad -que engloba a la no discriminación, la accesibilidad física y la asequibilidad-, la aceptabilidad y la calidad. | ||
773 | 0 |
_tDFensor : órgano oficial de difusión de la Comisión de Derechos Humanos del D. F. _g6, 5 (may. 2008), 44-49 |
|
999 |
_c202719 _d202719 |