000 01099 a2200133 4500
035 _a(janium)201806
005 20221115175659.0
998 _aHEME1
_b20080917
_cHEME1
_d20120330
_zjanium
008 080917e2005 mx |||p r 0 b|spaod
100 1 _aCamacho González, Luis Alfonso
245 1 0 _aDe la facultad de la Cámara de Diputados para fungir como Cámara de origen en materia de contribuciones o impuestos
520 _aDe acuerdo con la tradición constitucional y su exacta aplicación, la atribución del Congreso de la Unión para legislar en materia objeto de este estudio, implica el principio de que la Cámara de Diputados ha de fungir invariablemente como Cámara de origen y de primera dictaminación, tanto respecto a la propuesta inicial a cargo del Ejecutivo Federal, como respecto a todas las sucesivas propuestas que en ese caso surjan dentro del proceso legislativo bicameral respectivo, con todas sus variaciones y momentos, que conducen al perfeccionamiento y expedición de la legislación correspondiente.
773 1 _tQuórum legislativo
_g83 (oct-dic. 2005), 149-169
999 _c200529
_d200529