000 | 01505 a2200133 4500 | ||
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035 | _a(janium)184305 | ||
005 | 20221115011855.0 | ||
998 |
_aHEM3 _b20070628 _cHEM3 _d20091124 _zjanium |
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008 | 070628e2006 nq z r f b|spaod | ||
100 | 1 | _aNuño Sepúlveda, José Angel | |
245 | 1 | _aImplicaciones hacendarias derivadas del ejercicio de la función y de la prestación del servicio de seguridad pública municipal | |
520 | _aA partir de la entrada en vigor de la reforma Constitucional al artículo 115, en marzo del año 2000, se ha venido generando la inquietud, cada vez mayor, por parte de las autoridades municipales, respecto de las responsabilidades de la función y la prestación de los servicios de seguridad pública en su concepto más amplio; es decir, no sólo desde la perspectiva de la policía preventiva o de vigilancia, sino en los términos del artículo 21 constitucional, reformado desde 1994 y que previene la concurrencia intergubernamental y todo lo que esto conlleva. Por ello, el Mtro. José Ángel Nuño Sepúlveda, Director de Desarrollo Jurídico de la Hacienda Municipal, presenta a los funcionarios hacendarios municipales, los presentes comentarios y reflexiones, con la intención de aportar algunos elementos de consideración y valoración sobre este tema, el cual, por su amplitud, será abordado en varios artículos, partiendo de este primero, donde se describen las generalidades del mismo. | ||
773 |
_tRevista Hacienda municipal _g95 (sep. 2006), 78-90 |
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999 |
_c183537 _d183537 |