000 01643nab a2200157 a 4500
035 _a(janium)164337
005 20221114225557.0
998 _aBATCH
_b20061208
_e(Sirsi) a196978
_zjanium
008 s2003 mx f a spa
035 _a(Sirsi) a196978
090 _aANA
100 1 _aGómez Montoro, Angel J.
245 1 3 _aEl interés legítimo para recurrir en amparo :
_bla experiencia del Tribunal Constitucional Español
_/cAngel J. Gómez Montoro
520 _a¿Podría alguien acudir en amparo, invocando el derecho a la vida de un preso que se niega a recibir alimentación por estar en huelga de hambre? El TC ha admitido recursos de amparo por lesión al honor, a la intimidad o a la propia imagen de personas fallecidas e incluso por personas de raza judía que defienden su derecho al honor frente a declaraciones que ridiculizaban el holocausto. Igulamente, el TC ha aceptado la legitimación de la asociación Provida para impugnar disposiciones jurídicas relacionadas con la práctica legal de la interrupción del embarazo o bien de una asociación de profesores de religión para impugnar una determinación que les impedía ser directores de centros públicos. Estos supuestos se han presentado, nos explica el autor de este artículo, gracias a que la expresión "interés legítimo" parece indicar que la legitimación procesal no tiene por qué derivar de la titularidad del derecho fundamental de una persona, sino que también puede tenerla quien ostenta sólo un interés para su defensa.
773 0 _tCuestiones constitucionales. Revista mexicana de derecho constitucional
_g9 (jul-dic. 2003), 159-185
999 _c163819
_d163819