000 01095naa a2200145 a 4500
035 _a(janium)158865
005 20221114222930.0
998 _aBATCH
_b20061208
_e(Sirsi) a191506
_zjanium
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090 _aANA
100 1 _aBarreiro Perera, Francisco Javier
245 0 0 _aDerecho penal electoral
520 _aSe afirma que las conductas con la calidad de ilícitas son por una parte la omisión de los actos ordenados y por la otra la ejecución de actos prohibidos, en tanto que las conductas susceptibles de ser consideradas con la calificación de licitud son a contrario sensu la ejecución de actos ordenados, la omisión de actos prohibidos y la ejecución u omisión de los actos potestativos. Sin pretender de manera alguna agotar el tema espinoso de si la sanción es parte esencial de la norma, debe quedar claro desde ahora, que en términos generales ésta establece un deber jurídico y correlativamente también prevé una sanción que garantiza su cumplimiento por parte del obligado.
773 0 _tRevista mexicana de justicia
_g6, 3 (sep. 2002), 135-165
999 _c158479
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