Artículo sexto; cambio democracia
Summary: En México el tema del derecho de acceso a la información pública ha tomado un nuevo giro con la reforma tal artículo sexto constitucional, al abrir el abanico de posibilidades para que los ciudadanos puedan pedir información a las instituciones o entidades que reciban recursos públicos. En el fondo tal reforma no se origina en raíces democráticas, sino en cambios tecnológicos... En los medios de comunicación, políticos, analistas, funcionarios y académicos han considerado que la reforma al artículo sexto de la Constitución mexicana, aprobada por el Congreso de la Unión el seis de marzo y el veinticuatro de abril del año en curso, es un avance en la materia de acceso a la información, al crear una categoría de sujetos obligados, porque incluye a los gobiernos de todos los niveles y por establecer los mínimos de transparencia que deberán de cumplir.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 341189 |
En México el tema del derecho de acceso a la información pública ha tomado un nuevo giro con la reforma tal artículo sexto constitucional, al abrir el abanico de posibilidades para que los ciudadanos puedan pedir información a las instituciones o entidades que reciban recursos públicos. En el fondo tal reforma no se origina en raíces democráticas, sino en cambios tecnológicos... En los medios de comunicación, políticos, analistas, funcionarios y académicos han considerado que la reforma al artículo sexto de la Constitución mexicana, aprobada por el Congreso de la Unión el seis de marzo y el veinticuatro de abril del año en curso, es un avance en la materia de acceso a la información, al crear una categoría de sujetos obligados, porque incluye a los gobiernos de todos los niveles y por establecer los mínimos de transparencia que deberán de cumplir.
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