Código de comercio reformado y correlacionado : con el texto anterior, el cual, en los terminos del artículo primero transitorio del decreto publicado en Diario Oficial del 24 de mayo de 1996, seguirá siendo aplicable a personas que tengan contratados créditos con anterioridad al inicio de vigencia del decreto y tratándose de la novación o reestructuración de créditos contratados con antelación a tal inicio de vigencia - 13 - México : Delma, 1998 - xi, 370 p.

968-7673-05-2


COMERCIO -LEYES Y LEGISLACION--MEXICO

347 M611c-d 1998