La responsabilidad patrimonial del estado legislador en el derecho español
El presente artículo analiza la figura de la responsabilidad patrimonial del Estado legislador que, a diferencia de la responsabilidad de la administración pública y de la administración de justicia, previstas en la Constitución española, en el caso del legislador, su desarrollo en cuanto a principales características y requisitos, ha sido realizado por el Tribunal Supremo, tomando en cuenta, en cuanto fuere necesario, el derecho de la Unión Europea. Esta responsabilidad del Estado legislador puede tener dos orígenes, dependiendo esencialmente del canon de control que se utilice para contrastar la ley en cuestión, es decir, la Constitución española o el derecho de la Unión Europea.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO, JURISPRUDENCIA, INDEMNIZACIÓN, DAÑO ANTIJURÍDICO, LEGISLADOR