El requerimiento notarial y su contestación como título ejecutivo del crédito: la confesión extrajudicial de la deuda
La exigencia de cumplimiento puede realizarse por el acreedor por vía judicial o extrajudicial. La reclamación extrajudicial debe entenderse, en principio, como cualquier medio por el que el acreedor exija al deudor el cumplimiento de su obligación por ser esta vencida, líquida y exigible. A los fines de nuestro discurso interesa en este orden hacer comentarios sobre las previas sendas para reclamar el pago de lo que se nos debe, haciendo especial énfasis en el requerimiento notarial y sus plausibles y ulteriores efectos ejecutivos, en caso de que el acreedor no vea satisfecho su crédito por esta forma de reclamación y se encuentre precisado de acudir a la vía contenciosa; al convertirse el acta de requerimiento en medio probatorio de una posible confesión extrajudicial de la deuda, sea expresa o tácita, susceptible de inmediata ejecución judicial.
REQUERIMIENTO NOTARIAL, TÍTULO EJECUTIVO, CONFESIÓN EXTRAJUDICIAL, DEUDA, CONTESTACIÓN