Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria

Oferta y demanda de productos estratégicos en México: el caso del maíz

El artículo tercero, fracción vigésima tercera de La Ley de Desarrollo Rural Sustentable, define como productos básicos y estratégicos a los, alimentos que son parte de la dieta de la mayoría de la población en general o diferenciada por regiones, así como aquellos, cuyo proceso productivo se relaciona con segmentos significativos de la población rural u objetivos estratégicos nacionales. En estas categorías se incluye al maíz, caña de azúcar, frijol, trigo, arroz, sorgo, café, huevo, leche, pescado y carne de bovinos, porcinos y aves.