TY - GEN AU - Santiago Campos,Gonzalo TI - El constitucionalismo local a partir de la Constitución federal de 1917 N2 - El treinta y uno de enero de 1917, después de un fulgurante trabajo parlamentario de dos meses, es firmada en el Teatro Iturbide la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la del cinco de febrero del 1857, misma que fue protestada por los diputados constituyentes y Venustiano Carranza, en su calidad de Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, en el propio recinto queretano. Este renovado texto constitucional se promulgó el cinco de febrero de 1917 en el Palacio Nacional de la Ciudad de Querétaro y entró en vigor el primero de mayo del mismo año, según dispuso el artículo primero transitorio de la misma Carta Magna. Sin embargo, el camino hacia la restauración del Estado Constitucional de Derecho en México no había terminado, pues de tener la Constitución de 1917 una ideología, de acuerdo con lo señalado por Emilio O. Rabasa, esto es, el sistema federal, era imperioso que las entidades federativas y sus respectivas constituciones locales retomaran el camino constitucional, a partir de lo preceptuado en la norma fundamental… ER -