Cantú, Jesús

Boletas y "seguridad nacional"

La modificación paso desapercibida; hasta hoy nadie lo ha advertido, o al menos no ha merecido algún comentario en los medios de comunicación: La nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales incluye en el inciso, d, del artículo doscientos dieciséis la siguiente disposición: La salvaguarda y cuidado de las boletas electorales son considerados como un asunto de seguridad nacional, con lo cual niegan la posibilidad de acceder a ellas. El acceso a los paquetes electorales y, por ende, a las boletas una vez concluido el proceso ha sido un tema controvertido en los dos comicios más competidos y cuestionados de la historia mexicana: las sucesiones presidenciales de 1988 y 2006.