Vasconcelos Méndez, Rubén

Claroscuros en el desarrollo del sistema de justicia juvenil en México

La reforma de diciembre de 2005 al artículo 18 de la Constitución mexicana implicó reconocer a las y los adolescentes acusados de cometer delitos el derecho al debido proceso y la creación de un programa normativo de respuestas concretas para abordar estos casos, dirigido a prevenir y controlar la delincuencia juvenil y a apoyar a quienes están inmersos en ella. Ambas cuestiones imponen, como premisa inicial, comprender que el nuevo sistema de justicia juvenil no es la continuación del modelo tutelar ni un régimen penal para adultos atenuado, sino un sistema de responsabilidad especializado que exige la protección cuidadosa, estricta y reforzada de los derechos de los adolescentes. Asimismo, presupone ciertas consideraciones relacionadas con el trato que el ordenamiento jurídico debe dar a las personas en sus diversas etapas de desarrollo y el funcionamiento del sistema penal que resulta "modalizado" en virtud de la edad de aquéllas.