TY - GEN AU - Mora Donato,Cecilia TI - Reglamento de Debates de las Cámaras del H. Congreso de la Unión N2 - Tenemos nosotros una ley que tienen fundamento en el artículo 70 de la Constitución, dejemos justamente que esa ley, digamos, crezca en el sentido de que regule, no sólo la estructura, sino también el funcionamiento, porque esa es la parte y por funcionamiento entiendo procedimientos , procedimientos legislativos, esto es, no solamente la forma de hacer leyes, sino procedimiento legislativo, desde procedimiento parlamentario, desde mi punto de vista también son: declaración de procedimiento, juicio político, es decir, funciones que desarrollan nuestras Cámaras, esa parte del funcionamiento en la Ley Orgánica no la encontramos, estamos cojos ER -