TY - GEN AU - Pérez Dayán,Alberto TI - La responsabilidad patrimonial del Estado N2 - La responsabilidad patrimonial es objetiva cuando la norma general o la cláusula contractual obliga a resarcir el daño causado, con entera independencia del dolo, culpa o negligencia del agente que la causó, simplemente se produce con la existencia misma del daño; y es subjetiva cuando, existiendo un daño, material o moral, sólo habrá de condenarse a su resarcimiento si se demuestra la intención o voluntad de causar un daño ER -