TY - GEN AU - Aguilar López,Miguel Angel TI - ¿Debe suplirse la deficiencia de la queja a favor del ofendido o víctima del delito, cuando éste es el quejoso en el juicio de amparo? N2 - Considero importante abordar el tema, por ser el momento propicio, si es procedente, en la actualidad, la suplencia o no de la queja a favor del ofendido. Al respecto los Tribunales Colegiados de Circuito, han discrepado en sus criterios: Dos Tribunales Colegiados, sostienen el criterio de que no es dable la suplencia de la queja a favor del ofendido o víctima del delito, cuando éste sea el quejoso en el Juicio de Amparo. Sólo un Tribunal Colegiado de Circuito, sostiene un criterio contrario ER -