Guatemala : Decreto No. 1037. Ley sobre el Derecho de Autores en Obras Literarias, Científicas y Artísticas

Que por Decreto del Congreso número 844 de fecha 7 de noviembre de 1951, la República de Guatemala aprobó la Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas de la Conferencia de Expertos para la protección de los derechos de autor, suscrita por el Gobierno de la república en la ciudad de Washington en el mes de junio de 1946; y que con fecha 12 de diciembre de 1951 fué ratificada dicha Convención.