La admisión jurisprudencial del voto por internet para los residentes en el extranjero de la Ciudad de México
Subject(s): Summary: El texto analiza las sentencias de los tribunales mexicanos en torno al voto electrónico y las compara con los criterios sostenidos por el Tribunal Constitucional alemán. Se argumenta que el e,voto para los residentes en el extranjero encuentra en el principio de universalidad del sufragio un argumento sólido que permite justificar algunas de sus consecuencias negativas en los derechos ciudadanos; concretamente justifica la falta de supervisión directa de los ciudadanos del proceso electoral, cuando se vota por Internet. Sin embargo, se sostiene que este mismo argumento no justificaría la sustitución absoluta del voto presencial. El tema analizado resulta trascendente, pues en el caso particular, el voto por Internet fue una creación de las autoridades electorales que tuvo valor vinculante, pero que carecía de un fundamento específico en ley. Esta peculiaridad nos permite afirmar que el e,voto en México ha sido admitido jurisprudencialmente, antes que legal o parlamentariamente. Se analiza también algunas de las características del voto por Internet para la ciudad de México, como la imposibilidad de emitir un voto en blanco.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 474103 |
El texto analiza las sentencias de los tribunales mexicanos en torno al voto electrónico y las compara con los criterios sostenidos por el Tribunal Constitucional alemán. Se argumenta que el e,voto para los residentes en el extranjero encuentra en el principio de universalidad del sufragio un argumento sólido que permite justificar algunas de sus consecuencias negativas en los derechos ciudadanos; concretamente justifica la falta de supervisión directa de los ciudadanos del proceso electoral, cuando se vota por Internet. Sin embargo, se sostiene que este mismo argumento no justificaría la sustitución absoluta del voto presencial. El tema analizado resulta trascendente, pues en el caso particular, el voto por Internet fue una creación de las autoridades electorales que tuvo valor vinculante, pero que carecía de un fundamento específico en ley. Esta peculiaridad nos permite afirmar que el e,voto en México ha sido admitido jurisprudencialmente, antes que legal o parlamentariamente. Se analiza también algunas de las características del voto por Internet para la ciudad de México, como la imposibilidad de emitir un voto en blanco.
There are no comments on this title.