La recomendación 103/2012 de la CEDHNL: una resolución inédita en el sistema ombudsman mexicano
Summary: La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, CEDHNL, tuvo conocimiento sobre el caso del Casino Royale a partir de los hechos descritos en la nota periodística dada a conocer el día veinticinco de agosto de 2011 en la página de internet del periódico Milenio, titulada Atacan Casino Royale en Monterrey: cincuenta y dos muertos. Con base en lo anterior, la Primera Visitaduría General de este organismo dio apertura al expediente núm. CEDH,242,2011, en donde calificó los hechos descritos en la nota referida como presuntas violaciones a los derechos humanos de las personas que perdieron la vida, de quienes resultaron lesionadas y de sus familias, atribuibles probablemente a personal de la Dirección de Protección Civil del Estado, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del municipio de Monterrey, la Dirección de Inspección del Trabajo de la Secretaría del Trabajo del Estado y la Procuraduría General de Justicia del Estado.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 467164 |
La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, CEDHNL, tuvo conocimiento sobre el caso del Casino Royale a partir de los hechos descritos en la nota periodística dada a conocer el día veinticinco de agosto de 2011 en la página de internet del periódico Milenio, titulada Atacan Casino Royale en Monterrey: cincuenta y dos muertos. Con base en lo anterior, la Primera Visitaduría General de este organismo dio apertura al expediente núm. CEDH,242,2011, en donde calificó los hechos descritos en la nota referida como presuntas violaciones a los derechos humanos de las personas que perdieron la vida, de quienes resultaron lesionadas y de sus familias, atribuibles probablemente a personal de la Dirección de Protección Civil del Estado, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del municipio de Monterrey, la Dirección de Inspección del Trabajo de la Secretaría del Trabajo del Estado y la Procuraduría General de Justicia del Estado.
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