La Reforma Constitucional en Materia Catastral como Instrumento para Fortalecer la Recaudación del Impuesto Predial
Subject(s): Summary: Como es del conocimiento, el dieciséis de julio de 2013 se publicó en la GACETA Parlamentaria de la Cámara de Diputados el Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de Decreto que adiciona una fracción trigésimo treinta y nueve,R al artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de registro público inmobiliario y catastros. El propósito central de esta iniciativa consistió en dotar de facultades al Congreso de la Unión para emitir una Ley General que regule, homologue y armonice la operación de los registros públicos inmobiliarios y de personas morales, así como los catastros de todo el país; esta facultad se plantea ante el reconocimiento de que tales registros públicos y catastros no son del ámbito federal, por lo que la emisión de una Ley General permitirá el fortalecimiento institucional y garantizará el respeto a la autonomía y la soberanía de las entidades federativas y municipios, generando mayor información para el ordenamiento territorial, y apoyando las políticas públicas de desarrollo urbano y vivienda.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 463976 |
Como es del conocimiento, el dieciséis de julio de 2013 se publicó en la GACETA Parlamentaria de la Cámara de Diputados el Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de Decreto que adiciona una fracción trigésimo treinta y nueve,R al artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de registro público inmobiliario y catastros. El propósito central de esta iniciativa consistió en dotar de facultades al Congreso de la Unión para emitir una Ley General que regule, homologue y armonice la operación de los registros públicos inmobiliarios y de personas morales, así como los catastros de todo el país; esta facultad se plantea ante el reconocimiento de que tales registros públicos y catastros no son del ámbito federal, por lo que la emisión de una Ley General permitirá el fortalecimiento institucional y garantizará el respeto a la autonomía y la soberanía de las entidades federativas y municipios, generando mayor información para el ordenamiento territorial, y apoyando las políticas públicas de desarrollo urbano y vivienda.
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