Photo Photo

Análisis de la Discusión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en Torno a la Acción de Inconstitucionalidad de 10/2014 y su Acumulada 11/2014

By: Summary: En sesiones de doce y trece de marzo de 2018, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió la acción de inconstitucionalidad 10/2014 y su acumulada 11/2014 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el entonces Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos, en las cuales se tildaron de inconstitucionales diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales que, para efectos del presente ensayo, destacan los numerales 251, fracciones III y V, y 268. Al final de la discusión, por mayoría de votos se sostuvo la constitucionalidad de los artículos impugnados, en la cual se avaló que en casos de flagrancia y de sospecha razonable, dentro de la etapa de investigación, la policía está facultada para realizar inspecciones a personas y vehículos sin necesidad de mandamiento judicial por escrito. La decisión no estuvo libre de críticas, por el carácter mismo del sentido y porque incluso los ministros de la mayoría difirieron en sus consideraciones. De hecho, la Dirección General de Comunicación y Vinculación de la Suprema Corte emitió un comunicado el catorce de marzo de 2018 en el cual aclaraba lo que, se dijo, y, no se dijo, en la discusión. Más allá de estar de acuerdo o no con la decisión, conviene analizar ciertos argumentos esgrimidos durante la discusión que sirvieron para sostener la constitucionalidad de los numerales impugnados, pues de esta manera tendremos los elementos para concluir si los mismos resultaban aptos y aplicables para el caso concreto. Es por ello, que en el presente ensayo me enfocaré en dos conceptos fundamentales que fueron determinantes para la decisión de la mayoría: el control provisional preventivo y la sospecha razonable; pero antes de ello, por su importancia evidente, transcribiré los artículos impugnados en las acciones de inconstitucionalidad. Cabe aclarar que a falta de la elaboración del engrose respectivo, la exposición se desarrollará con base en la discusión desplegada por el Pleno de la Suprema Corte.
Star ratings
    Average rating: 0.0 (0 votes)
Holdings
Item type Current library Collection Call number Materials specified Status Date due Barcode
Analítica Biblioteca Legislativa Hemeroteca Available 518010

En sesiones de doce y trece de marzo de 2018, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió la acción de inconstitucionalidad 10/2014 y su acumulada 11/2014 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el entonces Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos, en las cuales se tildaron de inconstitucionales diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales que, para efectos del presente ensayo, destacan los numerales 251, fracciones III y V, y 268. Al final de la discusión, por mayoría de votos se sostuvo la constitucionalidad de los artículos impugnados, en la cual se avaló que en casos de flagrancia y de sospecha razonable, dentro de la etapa de investigación, la policía está facultada para realizar inspecciones a personas y vehículos sin necesidad de mandamiento judicial por escrito. La decisión no estuvo libre de críticas, por el carácter mismo del sentido y porque incluso los ministros de la mayoría difirieron en sus consideraciones. De hecho, la Dirección General de Comunicación y Vinculación de la Suprema Corte emitió un comunicado el catorce de marzo de 2018 en el cual aclaraba lo que, se dijo, y, no se dijo, en la discusión. Más allá de estar de acuerdo o no con la decisión, conviene analizar ciertos argumentos esgrimidos durante la discusión que sirvieron para sostener la constitucionalidad de los numerales impugnados, pues de esta manera tendremos los elementos para concluir si los mismos resultaban aptos y aplicables para el caso concreto. Es por ello, que en el presente ensayo me enfocaré en dos conceptos fundamentales que fueron determinantes para la decisión de la mayoría: el control provisional preventivo y la sospecha razonable; pero antes de ello, por su importancia evidente, transcribiré los artículos impugnados en las acciones de inconstitucionalidad. Cabe aclarar que a falta de la elaboración del engrose respectivo, la exposición se desarrollará con base en la discusión desplegada por el Pleno de la Suprema Corte.

There are no comments on this title.

to post a comment.





Av. Congreso de la unión 66; Col. El Parque; Alcaldía Venustiano
Carranza; C.P. 15960 Ciudad de México; Edificio C, Nivel 2
Conmutador General: (55) 5036 0000 | Biblioteca Legislativa ext. 67018
biblioteca.legislativa@diputados.gob.mxBiblioteca General ext. 67315
biblioteca.general@diputados.gob.mx
©Honorable Cámara de Diputados