Interés legítimo. Evolución y propuesta
Subject(s): Summary: Durante el siglo Veinte se mantuvo en nuestro país una interpretación constante en cuanto al interés jurídico, identificado con la existencia de un perjuicio directo a la esfera jurídica del quejoso a partir de la titularidad de un derecho público subjetivo, esto es, para que se configurara el interés jurídico era necesaria la existencia de una lesión directa e inmediata en la persona o patrimonio del quejoso, situación que debía ser susceptible de apreciación objetiva. Sin embrago, con el actual cambio de paradigma respecto de la garantía de los derechos fundamentales se presenta una nueva concepción de esta figura.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 508166 |
Durante el siglo Veinte se mantuvo en nuestro país una interpretación constante en cuanto al interés jurídico, identificado con la existencia de un perjuicio directo a la esfera jurídica del quejoso a partir de la titularidad de un derecho público subjetivo, esto es, para que se configurara el interés jurídico era necesaria la existencia de una lesión directa e inmediata en la persona o patrimonio del quejoso, situación que debía ser susceptible de apreciación objetiva. Sin embrago, con el actual cambio de paradigma respecto de la garantía de los derechos fundamentales se presenta una nueva concepción de esta figura.
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