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El sistema tributario posrevolucionario y el juicio de amparo en materia fiscal, 1917-1935

By: Subject(s): Summary: El cinco de febrero de 1917 se promulgó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cuya vigencia iniciaría el primero de mayo del mismo año. En ella, además de su multicitada parte social y central, estuvo contenida una parte liberal, herencia directa de su antecesora decimonónica. El sistema tributario posrevolucionario y el juicio de amparo en materia fiscal representan la parte más liberal de la constitución mexicana. En diversos artículos de la Constitución se establecieron los principios generales que en adelante debía seguir la política fiscal y en el juicio de amparo dichos postulados encontraron su aplicación práctica. De esta forma, diversos sectores sociales, encontraron en el amparo una forma de resistencia fiscal institucionalizada, acudiendo a los tribunales federales en busca del amparo y protección de la justicia de la Unión para evitar el pago de las contribuciones que consideraban desproporcionadas e inequitativas, o bien para combatir los procedimientos para llevar a cabo su cobro.
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Analítica Biblioteca Legislativa Hemeroteca Available 507649

El cinco de febrero de 1917 se promulgó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cuya vigencia iniciaría el primero de mayo del mismo año. En ella, además de su multicitada parte social y central, estuvo contenida una parte liberal, herencia directa de su antecesora decimonónica. El sistema tributario posrevolucionario y el juicio de amparo en materia fiscal representan la parte más liberal de la constitución mexicana. En diversos artículos de la Constitución se establecieron los principios generales que en adelante debía seguir la política fiscal y en el juicio de amparo dichos postulados encontraron su aplicación práctica. De esta forma, diversos sectores sociales, encontraron en el amparo una forma de resistencia fiscal institucionalizada, acudiendo a los tribunales federales en busca del amparo y protección de la justicia de la Unión para evitar el pago de las contribuciones que consideraban desproporcionadas e inequitativas, o bien para combatir los procedimientos para llevar a cabo su cobro.

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