Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de Fracturamiento Hidráulico [Fracking] en México
Summary: El treinta de agosto de 2017 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, en lo sucesivo los Lineamientos. Entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Los Regulados que se encuentren realizando actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos de Yacimientos No Convencionales a la entrada en vigor de los Lineamientos, contarán con un plazo de ciento ochenta días naturales para darles cumplimiento. Los lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones de carácter general y los requisitos que en materia de protección y conservación de las Aguas Nacionales y sus Bienes Públicos Inherentes, deberán cumplir los sujetos Regulados en las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales. Los Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones de carácter general y los requisitos que en materia de protección y conservación de las Aguas Nacionales y sus Bienes Públicos Inherentes, deberán cumplir los sujetos Regulados en las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales.Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 507444 |
El treinta de agosto de 2017 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, en lo sucesivo los Lineamientos. Entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Los Regulados que se encuentren realizando actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos de Yacimientos No Convencionales a la entrada en vigor de los Lineamientos, contarán con un plazo de ciento ochenta días naturales para darles cumplimiento. Los lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones de carácter general y los requisitos que en materia de protección y conservación de las Aguas Nacionales y sus Bienes Públicos Inherentes, deberán cumplir los sujetos Regulados en las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales. Los Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones de carácter general y los requisitos que en materia de protección y conservación de las Aguas Nacionales y sus Bienes Públicos Inherentes, deberán cumplir los sujetos Regulados en las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales.
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