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El amparo adhesivo. La interpretación del artículo 182 de la nueva Ley de Amparo. Contradicción de Tesis 483/2013

By: Summary: La reforma constitucional de 20111 y la posterior promulgación y expedición de la nueva Ley de Amparo incorporó algunas figuras novedosas, entre otras, el amparo adhesivo, con el propósito fundamental, como se planteó en la exposición de motivos que dio origen a la Ley de Amparo, de dar mayor celeridad, al concentrar en un mismo juicio el análisis de todas las posibles violaciones habidas en un proceso, a fin de resolver conjuntamente sobre ellas y evitar dilaciones innecesarias, derivados de sucesivos amparos respecto de un mismo asunto Esto es, en aras de los principios de concentración y de celeridad, evitar que los litigios se prolonguen y se tornen demasiado complejos, mediante los conocidos rebotes, que implicaban promover un amparo tras otro por violaciones al procedimiento y su consecuente reposición, o por cuestiones de fondo, con la dilación que todo ello implicaba para alcanzar un fallo definitivo que diera solución total al conflicto, e incluso con la afectación económica en algunos casos, como en juicios laborales o civiles, en los que seguían corriendo salarios caídos o generándose intereses.
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La reforma constitucional de 20111 y la posterior promulgación y expedición de la nueva Ley de Amparo incorporó algunas figuras novedosas, entre otras, el amparo adhesivo, con el propósito fundamental, como se planteó en la exposición de motivos que dio origen a la Ley de Amparo, de dar mayor celeridad, al concentrar en un mismo juicio el análisis de todas las posibles violaciones habidas en un proceso, a fin de resolver conjuntamente sobre ellas y evitar dilaciones innecesarias, derivados de sucesivos amparos respecto de un mismo asunto Esto es, en aras de los principios de concentración y de celeridad, evitar que los litigios se prolonguen y se tornen demasiado complejos, mediante los conocidos rebotes, que implicaban promover un amparo tras otro por violaciones al procedimiento y su consecuente reposición, o por cuestiones de fondo, con la dilación que todo ello implicaba para alcanzar un fallo definitivo que diera solución total al conflicto, e incluso con la afectación económica en algunos casos, como en juicios laborales o civiles, en los que seguían corriendo salarios caídos o generándose intereses.

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