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XXV Mesa de debate sobre temas constitucionales: í) Inejecución de las sentencias de amparo; y ii) Estrategias y acciones para el fortalecimiento de la independencia judicial de la Corte Constitucional de Colombia

Summary: Da inicio a la sesión. El Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor agrade ce la asistencia de los participantes así como el apoyo de la Fundación para llevar a cabo este encuentro. Previo a la intervención del expositor invitado, se abre la discusión moderada por el propio Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor sobre la inejecución de las sentencias de amparo. Francisco Tortolero planteó el tema de la inejecución de sentencias, fundamentado en la fracción dieciséis del artículo 107 constitucional. Habló de la destitución del funcionario obligado en acatar la sentencia, el cual, al final no es posible, porque el cumplimiento de ella se da en el último momento. Ello implica que la autoridad de las ejecutorias, y por ende, de los jueces y magistrados se vean comprometidas. Pregunta ¿Qué tanto conviene que la nueva ley de amparo contemple la atribución de destituirse al funcionario responsable omiso o indolente en cumplir la sentencia de amparo, que es constitucional, sigue siendo útil, o ya perdió sentido en la actualidad? Víctor Montoya comenta que en relación a la ejecución de sentencias, se realizan requerimientos a la autoridad, luego al superior y posteriormente pasa por el filtro del magistrado, incluso, las gestiones de la Corte, pero tardan años para que se cumpla.
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Da inicio a la sesión. El Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor agrade ce la asistencia de los participantes así como el apoyo de la Fundación para llevar a cabo este encuentro. Previo a la intervención del expositor invitado, se abre la discusión moderada por el propio Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor sobre la inejecución de las sentencias de amparo. Francisco Tortolero planteó el tema de la inejecución de sentencias, fundamentado en la fracción dieciséis del artículo 107 constitucional. Habló de la destitución del funcionario obligado en acatar la sentencia, el cual, al final no es posible, porque el cumplimiento de ella se da en el último momento. Ello implica que la autoridad de las ejecutorias, y por ende, de los jueces y magistrados se vean comprometidas. Pregunta ¿Qué tanto conviene que la nueva ley de amparo contemple la atribución de destituirse al funcionario responsable omiso o indolente en cumplir la sentencia de amparo, que es constitucional, sigue siendo útil, o ya perdió sentido en la actualidad? Víctor Montoya comenta que en relación a la ejecución de sentencias, se realizan requerimientos a la autoridad, luego al superior y posteriormente pasa por el filtro del magistrado, incluso, las gestiones de la Corte, pero tardan años para que se cumpla.

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