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El arraigo, reflexiones constitucionales y convencionales

By: Summary: Derivado de la reforma en materia de Derecho Penal, y la reciente hecha sobre la incursión de los derechos humanos, el control difuso de la constitucionalidad y el control de la convencionalidad, que tuvieron lugar por diversas reformas estructurales y la resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Rosendo Radilla, generaron una cohesión tal, que fueron emitidos diversos criterios por el Alto Tribunal del país, en torno a la interpretación de las normas ordinarias a la luz de la Constitución Federal, la posibilidad de los jueces nacionales de cualquier índole jurisdiccional, de ejercer un control difuso de la Constitución Federal, la obligación insoslayable de todas las autoridades de observar los derechos humanos reconocidos por nuestro Estado, así como la incursión de beneficios convencionales mayormente benévolos, de ser el caso, si nuestra legislación interna los tiene más limitados; todo ello trajo como consecuencia el debate enardecido sobre la convencionalidad de diversas figuras procesales, de algunos derechos sustantivos y, sobre todo, de la aplicación de los beneficios convencionales, a la par de diversos criterios que fomentan la aplicación pro homine, en torno a salvaguardar los derechos humanos en su máxima expresión; de ahí se contrasta la figura del arraigo, y se realiza una valoración en torno a los principios convencionales sobre su aplicabilidad, antecedentes y elementos que pudieran hacer ver su probable inconvencionalidad.
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Analítica Biblioteca Legislativa Hemeroteca Available 450009

Derivado de la reforma en materia de Derecho Penal, y la reciente hecha sobre la incursión de los derechos humanos, el control difuso de la constitucionalidad y el control de la convencionalidad, que tuvieron lugar por diversas reformas estructurales y la resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Rosendo Radilla, generaron una cohesión tal, que fueron emitidos diversos criterios por el Alto Tribunal del país, en torno a la interpretación de las normas ordinarias a la luz de la Constitución Federal, la posibilidad de los jueces nacionales de cualquier índole jurisdiccional, de ejercer un control difuso de la Constitución Federal, la obligación insoslayable de todas las autoridades de observar los derechos humanos reconocidos por nuestro Estado, así como la incursión de beneficios convencionales mayormente benévolos, de ser el caso, si nuestra legislación interna los tiene más limitados; todo ello trajo como consecuencia el debate enardecido sobre la convencionalidad de diversas figuras procesales, de algunos derechos sustantivos y, sobre todo, de la aplicación de los beneficios convencionales, a la par de diversos criterios que fomentan la aplicación pro homine, en torno a salvaguardar los derechos humanos en su máxima expresión; de ahí se contrasta la figura del arraigo, y se realiza una valoración en torno a los principios convencionales sobre su aplicabilidad, antecedentes y elementos que pudieran hacer ver su probable inconvencionalidad.

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