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El acceso al agua como derecho fundamental

By: Summary: El primero de octubre de este año, ante el pleno de la Cámara de Diputados, el autor de estas líneas y el diputado Gerardo Fernández Noroña presentamos una iniciativa de reforma constitucional a los artículos cuatro, veintisiete, setenta y tres y ciento quince de la ley fundamental, para garantizar el derecho fundamental de acceso al agua a todas las personas y grupos, sin privatizar su uso y aprovechamiento y dando amplia participación a la sociedad en la planeación, gestión y control de los recursos hídricos… Las características de nuestra propuesta se apoyan en los siguientes principios constitucionales: Uno. La recuperación del agua para la Nación, es decir, para toda la población, tanto para las generaciones presentes como futuras. Dos. La derogación de las atribuciones del Ejecutivo para aprobar reglamentos autónomos en la materia. Tres. La imposibilidad de los particulares, nacionales o extranjeros, para adquirir el dominio o propiedad sobre las aguas.
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El primero de octubre de este año, ante el pleno de la Cámara de Diputados, el autor de estas líneas y el diputado Gerardo Fernández Noroña presentamos una iniciativa de reforma constitucional a los artículos cuatro, veintisiete, setenta y tres y ciento quince de la ley fundamental, para garantizar el derecho fundamental de acceso al agua a todas las personas y grupos, sin privatizar su uso y aprovechamiento y dando amplia participación a la sociedad en la planeación, gestión y control de los recursos hídricos… Las características de nuestra propuesta se apoyan en los siguientes principios constitucionales: Uno. La recuperación del agua para la Nación, es decir, para toda la población, tanto para las generaciones presentes como futuras. Dos. La derogación de las atribuciones del Ejecutivo para aprobar reglamentos autónomos en la materia. Tres. La imposibilidad de los particulares, nacionales o extranjeros, para adquirir el dominio o propiedad sobre las aguas.

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