El federalismo desde la perspectiva judicial
Summary: La principal cruzada del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación se dio en tomo a la defensa del federalismo; en este tema emergen y confluyen indefectiblemente sus ideas. Durante su trayectoria sostuvo que la interpretación del alto tribunal en el conocimiento del amparo en una primera etapa, y posteriormente de la controversia constitucional, ha traído como resultado la imposibilidad de estructurar un sistema de justicia real y efectivamente federal, pues mediante criterios interpretativos expansivos que tal vez reflejan un espíritu liberal, progresista y garantista ha extendido su competencia en detrimento de las atribuciones de otras potestades públicas y niveles de gobierno. En esta tesitura, sus resoluciones ocasionalmente han sido cuestionadas. Incluso, un grupo minoritario de ministros ha expresado los riesgos que su activismo puede propiciar: una involución de su potestad. Otros, por el contrario, sostienen que le brinda mayor legitimidad. No obstante, si se analizan a detalle los términos de la reforma constitucional que dio origen a la presente época, no puede perderse de vista que el Constituyente tuvo el propósito de orientar su actuación con miras a construir un tribunal constitucional situado en la cúspide del sistema de justicia, que ubicara a las potestades públicas dentro del límite preciso de las atribuciones fijadas en la carta federal, no que las desplazara...Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 418506 |
La principal cruzada del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación se dio en tomo a la defensa del federalismo; en este tema emergen y confluyen indefectiblemente sus ideas. Durante su trayectoria sostuvo que la interpretación del alto tribunal en el conocimiento del amparo en una primera etapa, y posteriormente de la controversia constitucional, ha traído como resultado la imposibilidad de estructurar un sistema de justicia real y efectivamente federal, pues mediante criterios interpretativos expansivos que tal vez reflejan un espíritu liberal, progresista y garantista ha extendido su competencia en detrimento de las atribuciones de otras potestades públicas y niveles de gobierno. En esta tesitura, sus resoluciones ocasionalmente han sido cuestionadas. Incluso, un grupo minoritario de ministros ha expresado los riesgos que su activismo puede propiciar: una involución de su potestad. Otros, por el contrario, sostienen que le brinda mayor legitimidad. No obstante, si se analizan a detalle los términos de la reforma constitucional que dio origen a la presente época, no puede perderse de vista que el Constituyente tuvo el propósito de orientar su actuación con miras a construir un tribunal constitucional situado en la cúspide del sistema de justicia, que ubicara a las potestades públicas dentro del límite preciso de las atribuciones fijadas en la carta federal, no que las desplazara...
There are no comments on this title.