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Aspectos esenciales de los principios constitucionales del debido proceso penal en México

By: Summary: El trabajo constituye una descripción sintética de los principios del debido proceso penal que la reforma constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el día dieciocho de junio de dos mil ocho, ha plasmado básicamente en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dicha reforma tiene como causas más remotas la ausencia en nuestro país de un modelo acusatorio en el que imperen los principios de contradicción, oralidad, inmediación, concentración, publicidad y economía procesal. La modificación constitucional propone dar sustento a la Reforma Estructural del Sistema de Justicia Penal Mexicano tomando, como uno de sus ejes fundamentales, la transformación del procedimiento penal hacia un sistema acusatorio, regido por principios claros y bien definidos, destacando el reconocimiento internacional de la supremacía de los principios penales en mención, a los que se suman también entre otros: la relevancia de la acusación, la imparcialidad del juez, la presunción de inocencia, el esclarecimiento judicial de los hechos, la economía procesal, así como el respeto a los derechos humanos.
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El trabajo constituye una descripción sintética de los principios del debido proceso penal que la reforma constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el día dieciocho de junio de dos mil ocho, ha plasmado básicamente en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dicha reforma tiene como causas más remotas la ausencia en nuestro país de un modelo acusatorio en el que imperen los principios de contradicción, oralidad, inmediación, concentración, publicidad y economía procesal. La modificación constitucional propone dar sustento a la Reforma Estructural del Sistema de Justicia Penal Mexicano tomando, como uno de sus ejes fundamentales, la transformación del procedimiento penal hacia un sistema acusatorio, regido por principios claros y bien definidos, destacando el reconocimiento internacional de la supremacía de los principios penales en mención, a los que se suman también entre otros: la relevancia de la acusación, la imparcialidad del juez, la presunción de inocencia, el esclarecimiento judicial de los hechos, la economía procesal, así como el respeto a los derechos humanos.

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