Desarrollo urbano en México : ¿garantizando derechos o ganancias?
In: DFensor : órgano oficial de difusión de la Comisión de Derechos Humanos del D. F 9, 4 (abr. 2011), 19-25Summary: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4ʻ que en nuestro país "toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar". Un poco más adelante, en el mismo artículo, se lee que "toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa". Plasmado en la normatividad puede sonar sencillo pero, ¿qué tanto lo es en la práctica? ¿Cómo conjugar el derecho a una vivienda digna sin que la satisfacción masiva de la amplia necesidad represente un impacto devastador para el medio ambiente?Item type | Current library | Collection | Call number | Materials specified | Status | Date due | Barcode |
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Analítica | Biblioteca Legislativa | Hemeroteca | Available | 409599 |
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4ʻ que en nuestro país "toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar". Un poco más adelante, en el mismo artículo, se lee que "toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa". Plasmado en la normatividad puede sonar sencillo pero, ¿qué tanto lo es en la práctica? ¿Cómo conjugar el derecho a una vivienda digna sin que la satisfacción masiva de la amplia necesidad represente un impacto devastador para el medio ambiente?
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